La Superintendencia Nacional de Salud inicia en el departamento de La Guajira una vigilancia sobre las entidades administradoras de recursos (EPS y EPSI) para que cumplan de manera estricta las medidas prioritarias para la atención de la población wayuu, de acuerdo con los recientes lineamientos del Gobierno Nacional.
Para ello, en aras de proteger el derecho a la salud y preservar la vida e integridad de la comunidad wayúu en este departamento, la Superintendencia expidió este jueves 5 de enero una circular en la que imparte instrucciones específicas para que las EPS y EPSI den obligatorio cumplimiento a las órdenes dadas por el Ministerio de Salud en la resolución 2811 del pasado 30 de diciembre.
En dicha decisión, el Ministerio ordenó acciones inmediatas para garantizar el derecho a la salud y a la atención integral para la población indígena de la región.
“Estaremos muy vigilantes para que se cumplan las órdenes del Ministerio, así que desde ahora la comunidad wayuu no requiere autorización previa en los servicios de madres gestantes y complicaciones durante el embarazo, en la atención integral de la desnutrición aguda, moderada y severa en menores de 5 años, así como en las urgencias y los servicios y tecnologías en salud posteriores a la atención en urgencias sin egreso hospitalario”, señaló el Superintendente Ulahí Beltrán López.
De la misma manera, la Superintendencia se comprometió con la comunidad a ser vigilante del Plan Guajira, estrategia que el Gobierno Nacional puso en marcha desde Riohacha para garantizar el acceso a los servicios de salud de la comunidad wayuu en la región, para lo cual se establecieron los siguientes compromisos:
– Realizar seguimiento a la contratación y ejecución del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas de los municipios de Manaure, Maicao, Riohacha, Uribia y en el departamento de La Guajira.
– Medir los indicadores en salud pública para verificar el impacto en acciones realizadas.
– Ejercer una vigilancia estricta a EPS y su red de prestación de servicios de salud verificando el cumplimiento de la garantía del derecho a la salud.
– Verificar el fraccionamiento de contratación por parte de las EPS para la garantía de la atención oportuna y con calidad.
– Realizar visitas a la E.S.E. Hospital de Nazareth, en la Alta Guajira, y a la E.S.E. Hospital Nuestra Señora del Perpetuo Socorro, en Uribia, para evaluar la garantía en la prestación de servicios.
Instrucciones para las EPS
En la circular externa 2023310000000001-5 de 2023, la Supersalud conmina a las EPS y EPSI a cumplir cuatro instrucciones específicas, así:
Deberán realizar los ajustes a los acuerdos de voluntades para prestar el servicio a la comunidad wayuu, contando con los soportes que le permitan a la Supersalud hacer las verificaciones del caso cuando lo disponga.
No podrán generar cargas administrativas que se conviertan en barreras de acceso a la atención en salud, garantizando en todo momento la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y los estándares de calidad.
Deberán presentar a la Supersalud la información y los soportes correspondientes a la caracterización de la población, tal como lo establece la resolución de Minsalud.
Deben velar por la protección de la salud y la vida del paciente.
Se recordó a las EPS y las EPSI que deben garantizar la atención integral de la desnutrición en niños y niñas menores de 5 años, incluyendo la identificación de casos de desnutrición aguda moderada y severa, la remisión de casos de atención hospitalaria o ambulatoria, el tratamiento con fórmula terapéutica y el seguimiento y monitoreo a los casos identificados.
La Supersalud advirtió que el incumplimiento a lo ordenado en la circular dará lugar a sanciones, sin perjuicio de las acciones que correspondan a otras autoridades competentes.
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