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Senador Gnecco propone exención de impuestos para entes territoriales en compra de bienes y servicios para casos de emergencia

La iniciativa, de la autoría del senador José Alfredo Gnecco Zuleta, plantea la modificación de la Ley 80 de 1993, para que las entidades territoriales queden exentas del pago de tributos por la adquisición de bienes y/o servicios vitales en casos de emergencia económica, social y ecológica.

De manera más explícita, el Legislador cesarense aclaró que lo que se busca es que frente a un estado de emergencia económica, social y ecológica, como el decretado por el presidente Iván Duque para hacerle frente al Covid-19, las alcaldías y gobernaciones podrían celebrar contratos, sin que se genere pago de tributo alguno, para la adquisición, suministro, transporte, y dotación de bienes y/o servicios esenciales, con los que se atenderá a la población durante el período de la contingencia.

“Cuando se presentan estas crisis, derivadas de emergencias económicas, sociales y ambientales, es muy común encontrar que la provisión de ciertos bienes y servicios cuenta con limitantes que dificultan la adquisición de estos. Entre esas restricciones se encuentran los tributos que deben pagarse a las entidades territoriales”, explicó Gnecco Zuleta.

Actualmente, en Colombia existen cerca de 14 tributos departamentales y 20 municipales, además de 24 gravámenes y contribuciones. Adicionalmente, en las regiones hay un impuesto que tiene fuertes efectos sobre la contratación: las estampillas, de las cuales existen cerca de 60, distribuidas en todo el territorio nacional.

“Sin duda alguna, hoy, para celebrar cualquier proceso contractual, es fundamental el cobro de impuestos y gravámenes por parte de las entidades territoriales sobre cualquier contrato, tal como lo establece la Ley 80 de 1993, situación que en medio de esta pandemia le ha generado dificultades económicas a gobernadores y alcaldes a la hora de actuar oportuna y efectivamente”, subrayó el senador Gnecco.

En promedio, contando gravámenes e impuestos descontados a nivel territorial, se tiene que hasta el 30 % del valor total del contrato se encuentra comprometido. “Esta situación sin duda alguna lleva a que la adquisición de bienes y servicios que son fundamentales para la atención de una emergencia, tengan una barrera para obtenerlos de una manera más eficiente y a menor costo”, añadió.

En un ejercicio pedagógico, José Alfredo Gnecco citó el ejemplo de la Alcaldía de Valledupar, que en la adquisición de bienes médicos necesarios en la atención y promoción, en el marco de la lucha contra la expansión del Covid–19, el IVA generó un gasto de $ 43’538.500, haciendo que el contrato pasara de $ 352.688.500 a $ 309.150.000 por el cobro de este impuesto.

“Evidentemente, las emergencias económicas, sociales o ecológicas, implican la adquisición de bienes y servicios que necesitan la población de menores ingresos, por lo cual es importante generar situaciones que faciliten la contratación de la mayor cantidad de bienes y servicios que ayuden a mitigar las externalidades negativas generadas por cualquier tipo de emergencia”, expresó el Senador.

Esta situación, a juicio del Congresista, genera sobrecostos e ineficiencia en materia de competitividad para las empresas que quieren prestar sus servicios con el Estado, las cuales encuentran pocos incentivos para participar en la realización de estos procesos, dadas las situaciones que hacen poco atractiva la celebración del contrato.

MaravillaStereo

La emisora MARAVILLA STEREO surge de la idea de dos importantes familias de empresarios de la región costeña: los hermanos Quintero Romero y Gnecco Cerchar. Quienes en el año 1992 quisieron crear empresa y ofrecer en nuestra región otro modelo de radio con raíces vallenatas, dicha idea se plasmo el 21 de Diciembre de 1993 cuando fue inaugurada en la plazoleta del centro comercial valle centro, Maravilla Stereo 105.7 FM.

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