Acercándose la fecha límite para renovar la licencia de conducción, el Ministerio de Transporte continúa recordando e incentivando a los usuarios que deben cumplir con este compromiso que busca asegurar que las personas que portan este documento cuenten con las capacidades físicas y mentales para conducir un vehículo, lo que incide directamente en la reducción de accidentes de tránsito.
De acuerdo con el Runt, de las 4.628.609 licencias que se vieron cobijadas con la Ley 2161 de 2021, tan solo 796.035 han sido renovadas hasta el momento, teniendo como fecha límite el 20 de junio de 2023 y es imposible ampliar el plazo, pues así lo estipuló la Corte Constitucional.
Adicionalmente, como modo para facilitar el proceso a las y los colombinos que deben renovar su licencia, se ha ampliado la cobertura del certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz; es decir las personas ahora podrán realizar el examen en cualquier Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC), bien sea municipal o departamental, lo que anteriormente no era posible, pues se obligaba a realizar en el municipio donde se expedía la licencia.
Es importante resaltar que, el 76 % de las licencias de conducción que se deben renovar son de motociclistas, 23 % vehículos particulares, cerca del 1% de servicio público y de acuerdo con el SIMIT del total de licencias que deben renovar el 88% no tienen multas por infracciones de tránsito, es decir, que solo el 12% tienen alguna multa. Aquellas personas que tengan multas por infracciones de tránsito deben efectuar el pago o suscribir un acuerdo de pago con el organismo de tránsito y así podrán realizar el trámite de renovación de licencias de conducción.
Para renovar la licencia de conducción, es importante tener en cuenta estos 4 pasos.
1. Estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt).
2. Estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito o suscribir acuerdo de pago con el organismo de tránsito, lo cual puede validar en la página web del SIMIT.
3. Acercarse a un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC), para pagar los derechos del trámite y realizarse el examen físico, mental y de coordinación motriz, que debe ser aprobado.
4. Acercarse al organismo de tránsito de su ciudad para renovar la licencia de conducción, pagando los valores estipulados para el trámite.
Es importante resaltar que, a partir del 21 de junio del presente año, las personas que hoy las cobija la ley 2161 y que no hayan renovado su licencia de conducción, las autoridades de tránsito impondrán comparendos y realizarán la inmovilización del vehículo, conllevando a una de multa de $ 309.336.