La Procuraduría General de la Nación trasladó a la Fiscalía General de la Nación, a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, y al operador disciplinario, los casos en los que los representantes legales de las Empresas Sociales del Estado y en otros casos, jueces de la república, han ordenado y ejecutado medidas de embargo contra los recursos públicos de la seguridad social en salud que gozan de carácter inembargable, con las excepciones establecidas por la Corte Constitucional.
Entre las Empresas Sociales del Estado que están siendo objeto de las decisiones, se encuentra, el Hospital San Andrés de Chiriguaná, Cesar.
En marzo de 2023, el Ministerio Público expidió la Circular 002 suscrita por la Procuradora Delegada para Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social y el Procurador Delegado para la Conciliación Administrativa dirigida a los representantes legales de las Empresas Sociales del Estado, a los jueces de la república y a las entidades bancarias mediante la cual se expusieron las disposiciones constitucionales y legales que imposibilitan el embargo de los recursos públicos de la seguridad social en salud, salvo a las expresas excepciones establecidas vía jurisprudencia constitucional y la inviabilidad de que las E.S.E adelanten procesos administrativos de cobro coactivo.
El ente de control ha tenido conocimiento que algunos jueces y representantes legales de los centros hospitalarios han hecho caso omiso de lo establecido en la ley y han continuado iniciando dichos trámites; además, han emitido providencias o actos administrativos, ordenando el embargo de los multimillonarios recursos de la salud administrados por las Entidades Promotoras de Salud -EPS- y la Adres.