La Procuraduría Delegada para Asuntos del Trabajo y Seguridad Social reiteró a las autoridades del orden nacional y territorial para que den cumplimiento a las directrices impartidas en las normas y directrices respecto a la expedición de las certificaciones electrónicas de tiempos laborados con fines pensionales a través del Sistema de Certificación Electrónica de Tiempos Laborados -CETIL-, así como el pago de los Bonos y/o Cuotas Partes pensionales a las Administradoras del Sistema General de Pensiones.
Debido a esto, la entidad se ha pronunciado reiteradamente con la expedición de las siguientes comunicaciones:
1. Circular No 001 del 05 de febrero de 2024, se les solicita a las diferentes autoridades: gobernadores, alcaldes, representantes de las entidades descentralizadas de departamentos y municipios, que deben certificar los tiempos y salarios de sus funcionarios o exfuncionarios en la plataforma CETIL en cumplimiento a lo previsto en el Decreto 726 de 2018, razón por la cual se creo el CETIL, para el reconocimiento de prestaciones pensionales. En la misma comunicación se les pidió cubrir el pasivo que reportan por concepto de bonos pensionales ante las administradoras de pensiones del Régimen de Prima Media (RPM) y del Régimen de Ahorro Individual (RAIS), según lo establecido por el artículo 16 del Decreto 1474 de 1997 en el que se fija la obligación de expedir bonos pensionales.
2. Circular No 002 del 14 de febrero de 2024 dirigida a las Empresas Sociales del Estado (E.S.E) e Instituciones del Sector Salud para que cumplan con lo establecido en el decreto único reglamentario 1068 de 2015, por el cual fue expedido este en el ministerio de Hacienda y Crédito Público y remitir a más tardar, a 31 de marzo, a la Dirección General de Regulación Económica de Seguridad Social la información relacionada con solicitudes y pagos al personal retirado de los hospitales al 31 de diciembre de 1993, para constituir la deuda que se asume a través de contratos de concurrencia entre la nación y las entidades territoriales según el caso.
De esta manera, la Procuraduría en ejercicio de su función preventiva, exhortó a las entidades estatales al cumplimiento normativo legal vigente para que adopten las acciones con el fin de dar cumplimiento a las obligaciones de pago que tienen con las administradoras del Sistema General de Pensiones.
El incumplimiento de sus deberes está afectando a los funcionarios o exfuncionarios de entidades públicas que cumplieron la edad de pensión y no han logrado hacer efectivo el reconocimiento de una prestación económica pensional.