El Ministerio de Salud y Protección Social emitió junto al Ministerio de Educación la Circular conjunta N°347, del 23 de septiembre de 2021, con las instrucciones a seguir para consolidar las estrategias de vacunación en la población educativa contra el covid-19.
«El documento está dirigido a gobernadores, alcaldes y secretarios de Educación y Salud, rectores o directores de Instituciones Educativas y demás instituciones prestadoras de vacunación contra covid-19, quienes tendrán la tarea de contribuir a la protección de los estudiantes contra este virus», dijo Julián Alfredo Fernández Niño, viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios (E).
En el documento se establece que hay 8.209.919 personas ubicadas entre los grupos de 12 a 24 años susceptibles a vacunarse contra el covid-19, por lo que es necesario hacer esfuerzos conjuntos entre los sectores de educación y salud, a partir de la concertación y articulación intersectorial, para mejorar las estrategias que garantice el rápido incremento de la cobertura en dicha población.
En ese contexto, los Ministerios indican que las Secretarías de Salud Departamentales, Distritales y Municipales junto a las de educación deben diseñar un plan de acción conjunto para la organización, planificación, promoción, ejecución y evaluación de la población objeto a vacunar contra el covid-19 en cada uno de sus territorios.
De igual forma, «las Secretarías de Salud serán responsables de garantizar la recepción, custodia, almacenamiento, distribución, conservación y entrega de los inmunobiolo´gicos e insumos del PAI bajo protocolos de bioseguridad. Así como de registrar a toda esta población vacunada en el sistema PAIWEB 2.0», explicó Fernández.
Finalmente, será su tarea implementar un plan de comunicación sobre vacunación contra el covid-19, dirigida a padres, madres o cuidadores, docentes y directivos docentes de establecimientos educativos oficiales, de acuerdo a las tradiciones, costumbres locales y enfoque de cada comunidad, para así promover el acceso y la adherencia a las vacunas.
Las Secretarías de Educación y los establecimientos educativos públicos y privados (colegios y universidades), por su parte, deberán facilitar espacios en las instituciones educativas que permitan la ubicación de puntos de vacunación para así´ poder captar la población de estudiantes objeto de la convocatoria.
De acuerdo con Fernández, además se deberán convocar a docentes, rectores y a las familias de los estudiantes para que la Secretaria de salud que corresponda les informe sobre la estrategia de vacunación contra el covid-19 en su territorio, y la articulación con la estrategia territorial de vacunación. Allí se deberá dar a conocer la necesidad del diligenciamiento del consentimiento informado, tanto por el alumno como por los padres o representantes legales en el caso de los menores de edad.
Las IPS, por su parte, «deberán verificar al momento de la vacunación que tanto los menores de edad como sus padres o su representante suscriban el consentimiento informado», afirmó el funcionario. Y también deberán recordarle a los padres y cuidadores la importancia de completar el esquema de vacunación con dos dosis en el tiempo definido y la conservación del carne´ de vacunación.
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