Con el fin de asegurar la máxima efectividad en la prevención y control de la rabia de origen silvestre, bajo el enfoque integral de “Una sola salud”, el ICA fijó las medidas sanitarias para el control de esta enfermedad en el país, priorizando la vida de las personas, los animales de producción y los murciélagos.
La medida, establecida en la resolución 9028 del 2024, aplica en todo el territorio nacional para las especies bovina, bufalina, équida, ovina, caprina y porcina.
Atendiendo los lineamientos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible se está priorizando la vida del murciélago hematófago, por lo que no se realizará ninguna disminución de la población de esta especie como medida preventiva, solo se tomarán acciones únicamente para el control de brotes y ante resultados confirmatorios de presencia de rabia.
Teniendo en cuenta lo anterior, el ICA estableció como principal medida de prevención la vacunación obligatoria cíclica para las especies bovina y bufalina en las zonas de riesgo y donde históricamente se han presentado focos; así como la realización de actividades de comunicación del riesgo dirigidas a la comunidad, en temas relacionados con los riesgos, síntomas, y prevención de la enfermedad.
Como medidas de control por presencia confirmada de la enfermedad se realizará vigilancia epidemiológica, pruebas de diagnóstico de rabia, control de brotes, vacunación y control del murciélago hematófago de la especie Desmodus rotundus, mediante el uso de redes de niebla para la captura en corrales o potreros cuando sea necesario, considerando la ecología, biología y comportamiento del murciélago hematófago, de forma que se minimice el dolor y el sufrimiento de los animales.