Desde el próximo 29 de octubre, los colombianos que requieran hacer trámites ante el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), deberán efectuar el pago de los servicios de acuerdo con la actualización de tarifas expedida el 16 de octubre pasado. Las nuevas tarifas deben ser fijadas cada año por el Ministerio de Transporte, en los términos del artículo 6 de la Ley 1005 de 2006.
Mediante la Resolución 20203040016055 de 16 de octubre de 2020, publicada en el Diario Oficial el pasado 19 de octubre, el Ministerio de Transporte fijó las tarifas aplicables a la inscripción, ingreso de información, expedición de certificados y servicios prestados por el RUNT, de acuerdo con el sistema y método establecidos en la ley.
La actualización aplica a los Organismos de Tránsito, Organismos de Apoyo, a las Autoridades de Tránsito y concesión RUNT, para que de esta forma actualicen las tarifas aplicables a los servicios anteriormente listados.
Asimismo, aplica a los usuarios del RUNT, quienes estén obligados a inscribirse ante el mismo, soliciten el ingreso de información, la expedición de certificados o la prestación de algún servicio.
Actualmente, el RUNT tiene a disposición de sus usuarios varios canales de atención, como el correo electrónico contactenos@runt.com.co y las líneas telefónicas en Bogotá al 423 22 21 y a nivel nacional 018000930060. De igual manera, los ciudadanos que deban presentarse presencialmente tienen esa opción, cumpliendo con los protocolos de bioseguridad expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.