El Ministerio de Salud y Protección Social, adoptó medidas prioritarias orientadas a garantizar el goce del derecho a la salud y la atención integral de los habitantes de la Guajira, con especial énfasis en el pueblo Wayúu.
La decisión, cuyo alcance es de obligatorio cumplimiento, cobija las Entidades Promotoras de Salud Indígena -EPSI-, los Prestadores de servicios de salud, los proveedores de tecnologías en salud, las entidades territoriales de los órdenes municipal, distrital y departamental, al igual que la Superintendencia Nacional de Salud.
La medida, suscrita a través de la Resolución 2811 del 30 de diciembre, llama a las EPS y a las EPSI a llevar a cabo la caracterización de la totalidad de la población afiliada residente en el territorio y perteneciente al pueblo Wayúu en el interés de que sea garantizado el acceso a la provisión y prestación de servicios y tecnologías de salud.
Lo anterior supondrá que las EPS y las EPSI tendrán en el ejercicio de caracterización el insumo para la planeación de la gestión de las atenciones en salud que realizarán los prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnología de salud que atiendan al pueblo Wayúu.
Además, la iniciativa de la cartera de salud señala que no será necesario autorizar de manera previa atenciones de madres gestantes y complicaciones durante el embarazo, la atención integral de la desnutrición aguda, moderada y severa en niñas y niños menores de 5 años, así como las urgencias y los servicios y tecnologías en salud posteriores a la atención en urgencias sin egreso hospitalario, entre otros aspectos.
Las actividades de Inspección, Vigilancia y Control de la medida adoptada por el Ministerio de Salud y Protección Social, estarán a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud.