El Gobierno nacional puso en marcha en los centros carcelarios y penitenciarios del país una nueva ruta de atención, con un estricto procedimiento de evaluación científica que garantice el acceso oportuno a la atención médica de las personas privadas de la libertad con afecciones graves de salud y cuya condición sea incompatible con la reclusión.
El mecanismo, que entra en vigencia de manera inmediata, permite la atención digna y adecuada de los internos mediante lineamientos predefinidos en un centro hospitalario o bajo reclusión domiciliaria, cuando sea necesario, promueve la humanización carcelaria y garantiza la protección de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad.
La ruta de atención consta de cinco pasos que están sustentados en un concepto de Medicina Legal y el aval de un juez, quien evalúa si el estado de salud de la persona efectivamente es incompatible con su permanencia en un centro carcelario con base en evidencia científica.
El procedimiento establece que las entidades administradoras de plan de beneficios garantizarán la atención en salud, mientras que la dirección del establecimiento penitenciario supervisará la seguridad y un juez de ejecución de penas ordenará las valoraciones médicas periódicas para determinar si las medidas sustitutivas siguen siendo necesarias.
El juez solicita al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses una valoración médica que determine la compatibilidad de la enfermedad con la reclusión. Con base en este diagnóstico, decide si concede o niega la medida sustitutiva.
La identificación se realiza por medio de exámenes médicos, consultas especializadas, atención de urgencias e informes de defensores públicos y redes de apoyo.
Una vez detectado un caso, el área jurídica del establecimiento coordina con la Unidad de Atención Primaria y el área de tratamiento para recopilar la información médica y legal necesaria. En caso de ser aprobada, la persona privada de la libertad será trasladado a su domicilio o a un centro hospitalario; si es rechazada, se continúa con su tratamiento dentro del centro penitenciario.
Aunque no se establecen términos fijos, se priorizará la revisión de los casos en los que la vida e integridad de las personas privadas de la libertad estén en riesgo, en cumplimiento de los principios de derechos humanos.
El protocolo cuenta con el compromiso de todas las instituciones involucradas de hacer control a su implementación. Esto se garantizará con la conformación de un Comité de Seguimiento que evaluará el cumplimiento de lo establecido. Si la condición del beneficiario mejora, el juez podrá revocar la medida.