Foto-referencia
El Gobierno Nacional, a través del Decreto 1076 del 28 de julio 2020 que amplió el aislamiento preventivo obligatorio desde el 1 de agosto hasta el próximo 1 de septiembre, autorizó la prestación del servicio público de transporte terrestre en los municipios sin afectación o aquellos con baja afectación por el Coronavirus Covid-19.
El Gobierno nacional reitera que antes, durante y después de la prestación del servicio público de transporte terrestre, se deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, que definen condiciones de limpieza y distanciamiento social, entre otras.
Por su parte, aquellos municipios que se encuentren en moderada o alta afectación de Coronavirus, serán los alcaldes quienes deberán solicitar la autorización ante al Ministerio del Interior para activar gradualmente el transporte terrestre, incluyendo, entre otros, el transporte terrestre intermunicipal y especial, a través de la realización de planes pilotos entre los municipios de origen y destino del servicio.
Hay que recordar que, en los términos del referido Decreto, es de suma relevancia que los municipios de origen y de destino que correspondan a la categoría de afectación moderada o alta de Coronavirus, presenten la respectiva solicitud de autorización ante el Ministerio del Interior.
La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó el proyecto de ley con el que…
En total se entregarán más de 1.400 millones de pesos, que llegarán a los territorios…
La Procuraduría General de la Nación aseguró que persiste el uso de minas antipersonal y…
Gracias a esta dependencia, el Gobierno del Cesar ha logrado ahorrar miles de millones de…
En línea con su compromiso de ofrecer un servicio de energía más confiable, seguro y…
La Alcaldía de Valledupar, a través de la Oficina Asesora de Planeación, informa a la…