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En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 14 años al docente de la Institución Educativa Rafael Argote Vega, del municipio de Chiriguaná, Cesar, Emiliano Esquivel López, por acosar sexualmente a una alumna de 16 años, quien para la época de los hechos cursaba grado décimo.
El ente de control demostró que el profesor citó a la estudiante en la emisora del colegio, en un horario en el que no habría nadie más en este lugar, con la excusa de hacerle una recuperación del área de lengua castellana, y allí la abrazó fuertemente en contra de su voluntad, le hizo tocamientos no consentidos en sus partes íntimas y la indujo a hacérselos a él, e intentó besarla a la fuerza diciéndole que no le tuviera miedo.
El Ministerio Público también comprobó que, el comportamiento de Esquivel López no fue eventual sino producto de una práctica reiterada y señaló que al disciplinado “(…) le asistía el deber funcional de enseñar, de educar a los menores (…), pues “desde, ningún punto de vista es aceptable, que un profesor se valga de estrategias hostiles como amenazar a una menor, con argumentos como que la va hacer perder el año, si no accede a sus pretensiones con fines sexuales (…)”.
La falta del sancionado fue calificada por la Procuraduría como gravísima cometida a título de dolo. Contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Procuraduría Delegada de Juzgamiento Disciplinario.
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