Categorías: Nacionales

Desde ya, empleadores y trabajadores podrán iniciar pagos faltantes a pensiones de abril y mayo de 2020

En un plazo de hasta 36 meses, contado a partir ahora, tendrán los empleadores del sector público y privado y los trabajadores dependientes e independientes, para que aporten los montos faltantes de las cotizaciones al Sistema General de Pensiones correspondientes a los períodos de abril y mayo de 2020.

El Decreto 376 del 9 de abril de 2021, que expidieron los Ministerios de Hacienda y Trabajo, se expide en cumplimiento a la orden de la Corte Constitucional y subsanar las acciones que se adelantaron con la implementación del Decreto 558 de 2020, que permitió realizar pagos parciales al Sistema General de Pensiones.

Los empleadores y trabajadores que hayan aportado el 3 % de la cotización al Sistema General de Pensiones correspondiente a la comisión de administración y a la cobertura de aseguramiento de invalidez y sobrevivencia, podrán efectuar el aporte de la cotización faltante, sin que haya lugar a la causación de intereses de mora dentro de los 36 meses que se ha autorizado como plazo.

El 75 % del pago lo hará el empleador y el 25 % restante el trabajador; así mismo, podrán efectuar la totalidad del pago faltante y posteriormente realizar el cobro según corresponda. En el caso de los trabajadores independientes, pagarán el 100 % del aporte de la cotización al Sistema General de Pensiones faltante.

Los empleadores estarán facultados para descontar del salario y/o la liquidación de prestaciones sociales de los trabajadores, el valor correspondiente al 25 % de cotización en pensiones, sin que requiera autorización o deba informarle.

En diferentes meses podrá hacerse el pago total de los aportes faltantes a las cotizaciones de los meses de abril y mayo de 2020, sin que en ningún caso se supere el plazo de 36 meses establecido y no se aceptarán pagos parciales para ninguno de los dos periodos.

El ingreso base para efectuar la cotización faltante deberá corresponder con el reportado para efectuar el pago al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones para los periodos de abril y mayo de 2020, y este no podrá ser inferior a 1 Salario Mínimo, ni superior a 25.

Efectuado el pago total de los aportes faltantes a las cotizaciones de los meses de abril y mayo de 2020, la administradora de pensiones correspondiente deberá actualizar el recaudo y la historia laboral del afiliado.

MaravillaStereo

La emisora MARAVILLA STEREO surge de la idea de dos importantes familias de empresarios de la región costeña: los hermanos Quintero Romero y Gnecco Cerchar. Quienes en el año 1992 quisieron crear empresa y ofrecer en nuestra región otro modelo de radio con raíces vallenatas, dicha idea se plasmo el 21 de Diciembre de 1993 cuando fue inaugurada en la plazoleta del centro comercial valle centro, Maravilla Stereo 105.7 FM.

Entradas recientes

Unas 51.100 mujeres y niñas fueron asesinadas en 2023 por sus parejas o familiares, según ONU Mujeres

Unas 51.100 mujeres y niñas fueron asesinadas en 2023 por sus parejas sentimentales o sus…

2 horas hace

Cada edad tiene su fragancia: ¿por qué nos cambia el olor corporal a lo largo de la vida?

Le propongo un reto: ¿sería capaz de adivinar el rango de edad de alguien sentado…

2 horas hace

Durante el segundo ciclo de vacunación ya se ha inmunizado el 28.75 % del hato ganadero del país

El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán) informan sobre los…

3 horas hace

Así avanza la organización de los Juegos Parasuramericanos Valledupar 2026

En el marco de la preparación y planificación para los Juegos Parasuramericanos Valledupar 2026, el…

3 horas hace

Damnificados por el invierno en Valledupar recibieron donación

En un acto de solidaridad, esperanza y éxito se convirtió la Donatón organizada por la…

4 horas hace

Enterritorio reconoce el buen trabajo de la Gobernación del Cesar

En el desarrollo del noveno Consejo Directivo del Pacto Territorial Cesar - La Guajira, la…

4 horas hace