Un decreto del Ministerio de Justicia, dejará que más de 5 mil mujeres cabeza de familia condenadas a penas de prisión iguales o inferiores a ocho años, comenzarán a quedar en libertad en Colombia.
En tal sentido, el acto jurídico reglamenta la ley firmada por el presidente Gustavo Petro el pasado 8 de marzo, que contempla que las privadas de la libertad podrán cumplir un servicio social o un trabajo comunitario, como medida sustitutiva de su condena.
El decreto 1451 fue firmado el pasado lunes y tiene como objetivo «reglamentar la prestación de servicios de utilidad pública como pena sustitutiva de la prisión».
Así las cosa, MinJusticia precisa que la medida tiene como punto central apuntar a una “resocialización” y la “garantía de los derechos humanos” de las mujeres condenadas para que puedan obtener una disminución en sus penas.
La reglamentación de la ley puntualiza que el decreto no tendrá validez para las mujeres que estén condenadas por uso de menores para la comisión de delitos o por violencia intrafamiliar.
Las mujeres reclusas que podrán acogerse a estos beneficios son aquellas con penas por delitos como hurto, hurto calificado, tráfico de estupefacientes, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, destinación ilícita de muebles o inmuebles, entre otros.
Otro de los objetivos es atender la situación del sistema carcelario, priorizar la resocialización y el respeto de los derechos humanos al igual que promover la inclusión de la disminución de la privación de la libertad, que está en el Plan Nacional de Política Criminal.
“Si ellas siguen presas y los niños sin su madre, esos niños crecen sin afecto y muchos, en el futuro, se conviertan en criminales. Esa es la lógica de la violencia y de la exclusión, una especie de sifón suicida. Pues aquí cortamos esa cadena y que esos niños tengan a su mamá», explicó en su momento el presidente Petro”.