La Corte Constitucional declaró “el cumplimiento general” de la orden novena ordenada por el tribunal en la Sentencia T-302 de 2017, en la que el alto tribunal declaró el Estado de Cosas Inconstitucional frente a los derechos al agua potable, la alimentación, la seguridad alimentaria y la salud de la población wayúu de los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia, en el departamento de La Guajira.
La Sala Especial de Seguimiento a esta sentencia destaca que el Ministerio del Interior “acató los principales elementos del mandato judicial a su cargo, como son la traducción de la Sentencia T-302/17al wayuunaiki, su comunicación oral entre las comunidades y el registro audiovisual de las actividades de divulgación adelantadas”.
Mediante Auto 440 del 4 de marzo de 2024, la Corte declaró, igualmente, el “cese de las labores de seguimiento” que adelanta al respecto y frente a los autos 1196 de 2021 y 2063 de 2023.
Con ponencia del magistrado José Fernando Reyes, la Sala Especial ordenó a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo “seguir el cumplimiento de las actividades de divulgación del fallo realizadas por el Ministerio del Interior en los centros etnoeducativos e internados de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia”, de acuerdo con el Plan de Acción Integrado que presentó la cartera política el pasado 12 de enero.
La decisión del alto tribunal exhorta a las autoridades del orden nacional y territorial a continuar con la divulgación de las actividades propuestas por el Ministerio del Interior.
En la decisión se advierte que las autoridades obligadas por la Sentencia T-302/17 y las comunidades wayúu: “La Sala Especial constata que estas conocen de manera suficiente la sentencia y sus principales elementos, lo que constituye el primer eslabón para garantizar un diálogo genuino en la solución de la crisis humanitaria que afecta a ese pueblo indígena”.
La Corte, igualmente, dice que frente a las órdenes dictadas en Auto 2063 de 2023, cuyo cumplimiento sigue en evaluación, la Sala Especial considera que “el Ministerio del Interior presentó un informe detallado y respaldado con evidencias sobre las acciones para comunicar y divulgar la Sentencia T-302/17 entre las comunidades indígenas de los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia”, y que la cartera política “remitió información y evidencia sobre las reuniones, asistentes y actividades de preconsulta del plan de acción en algunas comunidades de esa región. Por lo cual, también se considera acatada”.
Sandra Ortiz, consejera Presidencial para las Regiones, explicó que esta decisión “constituye el primer eslabón para garantizar un diálogo genuino en la solución de la crisis humanitaria” de las comunidades étnicas de La Guajira, pues “se logra difundir la sentencia y sus elementos principales entre las comunidades wayúu”.
La funcionaria reveló que, a través del Auto 311 de 2024, la Sala Especial de Seguimiento de la Corte Constitucional declaró el cumplimiento medio de lo dispuesto en los Autos 696 de 2022 y 1290 de 2023, que ordenan la construcción del Plan de Acción Integrado y Unificado para garantizar la protección de los derechos de la niñez wayúu en el departamento de La Guajira. Además, aprobó parcialmente el Plan Integrado que remitió el Gobierno Nacional.
Ortiz agregó que “esto constituye otro gran avance del Gobierno del Cambio, porque desde que se emitió la Sentencia T 302, somos el primer Gobierno que logra una aprobación parcial del plan y continuamos trabajando para lograr la aprobación total”, indicó la Consejera Presidencia para las Regiones.
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