La Agencia Nacional de Minería (ANM) anunció que el equipo de la Vicepresidencia de Seguimiento, Control y Seguridad Minera resolvió la solicitud de renuncia a los títulos mineros de Prodeco, radicada el pasado 4 de febrero, declarándola no viable.
Frente al contrato HKT-08031, la evaluación arrojó que «a la fecha de la presentación de la renuncia existían obligaciones incumplidas, correspondientes estas de manera específica a las derivadas del Plan de Manejo Ambiental Unificado para la Operación Conjunta de La Jagua, según lo informado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla).
Frente al título DKP-141, en cambio, la ANM encontró que, al momento de la renuncia, había obligaciones incumplidas correspondientes a «i) las derivadas del Plan de Manejo Ambiental Unificado para la Operación Conjunta de La Jagua, según lo informado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales y ii) no haber aportado los soportes de declaración, liquidación y pago de regalías en los términos señalados en el concepto técnico SGR-007».
“Hemos trabajado de manera articulada, respetando el debido proceso y otorgándole todas las garantías al titular durante el proceso. Así, como resultado de la evaluación de la solicitud de renuncia presentada dentro de los títulos DKP-141 y HKT-08031, no es posible para la entidad dar viabilidad a la solicitud de renuncia por no encontrarse al día en el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales al momento de presentar la renuncia, tal como lo exige el Código de Minas”, dijo el presidente de la Agencia, Juan Miguel Durán.
Con lo anterior, entonces, se declaró inviable la renuncia de Prodeco a esos dos títulos, en cuanto el artículo 108 de la Ley 685 de 2001 establece como requisito estar al día en todas las obligaciones al momento de la solicitud. Los demás, según informó la ANM, siguen en evaluación.
La empresa, sin embargo, podrá interponer recursos de reposición en los 10 días hábiles siguientes a la notificación, que empiezan a correr desde ayer. Además, Prodeco tiene también la posibilidad de presentar nuevamente la solicitud de renuncia a los contratos de concesión. (Tomado LR).