El Decreto 0977 por el cual se reglamenta el artículo 231 de la Ley 2294 de 2023(PND), que permite la implementación de los Distritos Mineros Especiales para la Diversificación Productiva, fue firmado el pasado 2 de agosto.
Estos Distritos son el instrumento para planificar la minería y llevar diferentes soluciones a las comunidades donde se presenta una alta dependencia de la actividad minera, permitiendo que se complemente y direccione para atender las necesidades de los territorios.
El Ministerio de Minas y Energía ha avanzado en el diálogo con el objetivo de identificar y priorizar los municipios que conformarán los Distritos para la Diversificación Productiva en Antioquia, Nariño, Boyacá, Cesar, Cundinamarca, Cauca, Valle del Cauca, Caldas y Chocó.
Con el decreto se realizará la delimitación en conjunto con las entidades y otras instituciones nacionales, municipales, departamentales en concertación con los pueblos y comunidades étnicas. A partir de esta delimitación, se dialogará mediante mesas intersectoriales de trabajo con todos los niveles y con la representación de las comunidades de los diferentes sectores productivos, para establecer mecanismos y acciones que logren solucionar las problemáticas que se hayan identificado.
Los Distritos van a abordar diferentes situaciones. De una parte, hay Distritos Mineros para la Vida y la Paz, en zonas de alta presencia de la minería informal, con un enfoque hacía la formalización minera junto al desarrollo de una actividad minera sustentable y la rehabilitación de los territorios. También, por otra parte, se establecen los Distritos Mineros para la Transición Energética Justa, con un enfoque hacia la descarbonización y la reconversión productiva.