En razón a que ya son 11 las cajas de compensación familiar intervenidas por la Superintendencia de Subsidio Familiar bajo la figura de medidas cautelares administrativas, el Defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assis, manifiesta su inquietud, toda vez que al parecer no se derivan de un proceso sancionatorio previo —atendiendo a lo previsto en el Decreto 2595 de 2012 y la Resolución 629 de 2018 de ese ente de control y vigilancia— ni están cumpliendo con el carácter estrictamente provisional y temporal, limitándose al periodo del cumplimiento de los planes de salvamento, en garantía del debido proceso.
«Al no tener un parámetro temporal definido en la ley, vemos con preocupación cómo las medidas cautelares se vienen prorrogando de manera indefinida. De hecho, son varias cajas las intervenidas y algunas de ellas completan desde seis hasta 11 años en el proceso, como Comcaja, Comfacor en Córdoba y Comfamiliar en Cartagena”, remarca Camargo Assis.
La entidad garante de los derechos humanos en el territorio colombiano también evidencia cómo al ser aplicadas bajo la figura de medidas cautelares (provisionales), en realidad son adoptadas decisiones de ánimo definitivo, como separar a los órganos de dirección de las cajas, es decir, a sus directores y miembros de los consejos directivos (representantes de empresas y de centrales obreras), sin que conozcan los cargos que les imputarían y sin mediar un verdadero derecho a la defensa, con lo cual afectan sus derechos al trabajo y al buen nombre.
«Por tal razón, hago un llamado a ese ente a revisar sus actuaciones internas para que establezca qué cajas cumplieron los planes de salvamento que motivaron las medidas cautelares, y si hay lugar a ello, que les sean devueltas a sus titulares, que son los trabajadores de Colombia», subraya el Defensor del Pueblo.
De igual forma, insta a que sean revisadas las actuaciones de quienes fueron designados como interventores y directores en las cajas intervenidas y no han cumplido con su tarea de salvamento en los plazos fijados por la misma Supersubsidio.
“Las medidas que se adopten deben estar enmarcadas en rangos mínimos y elementales de proporcionalidad y gradualidad en el ejercicio de potestades correctivas, desde el punto de vista constitucional, según la gravedad de los hallazgos que motivan la actuación de la autoridad administrativa. Y así evitar la toma de medidas definitivas en el ejercicio de las medidas cautelares, como la desvinculación definitiva de órganos de dirección», finalizó el Defensor del Pueblo.