Con el fin de contribuir a la lucha contra la deforestación y al desarrollo de un campo legal, competitivo y productivo, el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, expidió la Resolución 14444 de 2022 por medio de la cual se modifican algunos apartes de la resolución que establece las medidas encaminadas a la cancelación del Registro Sanitario de Predio Pecuario de los predios que desarrollen su actividad ganadera de bovinos y bufalinos, dentro de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y Parques Naturales Regionales del país.
Estas modificaciones se realizaron teniendo en cuenta el resultado de las mesas de trabajo interinstitucionales que se han adelantado en diferentes regiones del país, con la participación de comunidades y organizaciones campesinas, la Procuraduría General de la Nación, Parques Nacionales Naturales, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el ICA, las cuales han sido fundamentales en la concertación del plazo para la implementación de las medidas tendientes a la cancelación de Registros Sanitarios de Predios Pecuarios en estas áreas protegidas.
Con esta resolución, el ámbito de aplicación de las medidas adoptadas estarán dirigidas de manera prioritaria sobre los puntos activos de deforestación al interior de estas áreas.
Los titulares de predios pecuarios ubicados al interior de los puntos activos de deforestación tendrán hasta el 31 de diciembre de 2022, para retirar los bovinos y bufalinos de estos puntos activos de deforestación, tiempo durante el cual el Instituto seguirá generando las respectivas Guías Sanitarias de Movilización Interna, para la salida de los animales por fuera de estas áreas o a una planta de beneficio autorizada por el Invima.
Las autoridades ambientales continuarán trabajando en la suscripción de los acuerdos de conservación con la población campesina vulnerable al interior de las áreas protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y Parques Naturales Regionales, acorde con los lineamientos legales establecidos. Estos le serán comunicados al Instituto, con el propósito de validar la procedencia o no de las actuaciones administrativas tendientes a la cancelación de los RSPP, una vez superado el plazo de implementación establecido (31 diciembre de 2022).
Cabe recalcar que los predios pecuarios que no se encuentren ubicados dentro de los puntos activos de deforestación al interior de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y Parques Naturales Regionales en el territorio nacional, serán objeto de vacunación contra fiebre aftosa y brucelosis bovina en los ciclos oficiales establecidos, y no estarán sujetos a la cancelación de los Registros Sanitarios de Predio Pecuario.