Con el objetivo de seguir avanzando en la detección precoz de la infección por VIH como de otras enfermedades transmisibles como la sífilis, la hepatitis B y la hepatitis C, el Ministerio de Salud y Protección Social mediante Resolución 1314 de 2020 ha establecido los lineamientos por los cuales se amplían los criterios para la realización de pruebas rápidas fuera de laboratorios.
Es de destacar que «la detección precoz ayuda en lo que se conoce como la gestión del riesgo, es decir que entre más temprano se detecte este tipo de infección, más prontamente la persona se podrá poner en tratamiento evitando complicaciones y previniendo que la enfermedad se pueda transmitir a otras personas», dijo Ricardo Luque, coordinador del Grupo Sexualidad y Derechos Sexuales Reproductivos del Ministerio de Salud y Protección Social.
Respecto a las pruebas rápidas, estas se realizan con muestras de sangre obtenidas por punción dactilar, pero también pueden realizarse con plasma o suero y otros fluidos corporales, según sean las indicaciones del fabricante.
En este sentido, es importante tener en cuenta que no son pruebas que se pueda realizar la ciudadanía en sus hogares, pero sí se podrán realizar en entornos comunitarios y por una amplia gama de profesionales y personal auxiliar que trabaja en el sector salud previo entrenamiento en la toma y lectura de las pruebas.
Como elemento a destacar, las pruebas rápidas son de fácil uso e interpretación, pocas veces requieren condiciones especiales de almacenamiento o transporte y como característica a recalcar, su resultado se puede obtener en máximo 30 minutos, lo que permitirá orientar inmediatamente a los usuarios de acuerdo a los resultados.