Las acciones contempladas en estos y casa una tiene e protocolo son adicionales a las ya establecidas en la Resolución 666 de 2020 y su anexo técnico y serán implementadas por contratistas e interventores de los proyectos de infraestructura de transporte, así como por la entidad contratante en el marco de sus competencias.
Será responsabilidad de los primeros, elaborar un protocolo de prevención y mitigación para implementar las actividades y articularlo con las entidades contratantes, administraciones municipales, secretarías de salud y Administradoras de Riesgos Laborales, ARL. También deberá notificar cualquier caso de contagio que se pueda presentar.
Pueden solicitar el apoyo de las ARL para la identificación de peligros, evaluación y valoración del riesgo y apoyarse en las EPS para el desarrollo de actividades de promoción y prevención.
Por su parte, la entidad contratante apoyará la coordinación interinstitucional con las gobernaciones y alcaldías para garantizar la reactivación y continuidad de los proyectos de infraestructura. En cuanto a las interventorías, deben remitir a la entidad contratante semanalmente un informe donde se indiquen las actividades adelantadas por los concesionarios y el nivel de cumplimiento de cada una de las medidas y planes de acción e incluir reporte de casos de contagio si se presentaran y hacer el seguimiento respectivo.
De igual forma el protocolo establece las medidas de higiene e interacción social como lavado de manos, medidas preventivas si presentan síntomas de resfriado, evitar contacto físico, mantener puestos de trabajo limpios, oficinas ventiladas, efectuar reuniones no presenciales y la desinfección de vehículos y lugares de trabajos.