Por liderar un ataque contra la población civil en la jurisdicción bajo su mando, en el marco de un plan criminal de asesinatos ilegales que garantizaba impunidad y distorsionaba los resultados operacionales, desencadenando de manera organizada, sistemática y a gran escala un patrón macrocriminal, en el que al menos 604 personas fueron asesinadas y desaparecidas forzadamente para ser presentadas ilegítimamente como bajas en combate en siete departamentos de la Costa Caribe, la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP imputó como máximos responsables de crímenes de guerra y de lesa humanidad a tres mayores generales retirados, dos brigadieres generales y otros 23 oficiales y suboficiales retirados del Ejército Nacional.
Se trata de los mayores generales retirados Hernán Giraldo Restrepo, Jorge Enrique Navarrete Jadeth y Raúl Antonio Rodríguez Arévalo, quienes estuvieron al mando de la X Brigada Blindada, el Grupo de Caballería Mecanizado No. 2 Coronel Juan José Rondón y el Batallón de Artillería No. 2 La Popa, respectivamente, entre 2004 y 2006, y los brigadieres generales (r) Fabricio Cabrera Ortiz, comandante de la X Brigada Blindada, y Adolfo León Hernández Martínez, comandante del Batallón La Popa entre diciembre de 2007 y mediados de 2009. Junto a ellos, fueron imputados siete coroneles, incluido William Hernán Peña Forero, quien fue comandante de la XI Brigada entre 2006 y 2007, además de tres tenientes coroneles y cuatro mayores, entre otros oficiales y suboficiales del Ejército Nacional. Cada uno de los imputados tuvo un rol esencial en la configuración del patrón criminal y participó en conductas especialmente graves y representativas, sin las cuales no se hubiera desarrollado y perpetuado el plan criminal.
Estas personas fueron halladas penalmente responsables por propagar el fenómeno de asesinatos y desapariciones forzadas en la Costa Caribe colombiana, bajo la jurisdicción de la I División del Ejército Nacional y, posteriormente a su creación, del Comando Conjunto No. 1 Caribe (CCON1). En otros casos, su responsabilidad se derivó de su participación determinante en la ejecución de crímenes de guerra y de lesa humanidad, como homicidios de personas protegidas, desaparición forzada y tortura. Conforme a la Constitución Política y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, la magistratura calificó los crímenes según el Código Penal Colombiano y el Derecho Internacional.
En este segundo Auto de Determinación de Hechos y Conductas del Subcaso Costa Caribe del Caso 03, la magistratura evidenció que, en los siete departamentos del país que hacen parte de la Costa Caribe —Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, La Guajira, Magdalena y Sucre— integrantes de al menos 19 unidades tácticas que hicieron parte de la I División del Ejército Nacional, y posteriormente del Comando Conjunto Caribe, cometieron crímenes de manera sistemática y a gran escala, en el contexto de una macroorganización compleja, estructurada como una red.
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